La cláusula arbitral se aplicará a todas las controversias que puedan surgir entre las partes en relación con la ejecución, interpretación, resolución, inexistencia o invalidez de los contratos de obras, bienes y servicios realizados con el Estado. Esto abarca cualquier desacuerdo que se presente durante la vigencia del contrato o después de su fiscalización.
El tratamiento de estas controversias se regirá por la Ley y el Reglamento de Contrataciones del Estado, lo que asegura que se sigan las normativas pertinentes en materia de contratación pública y se protejan los derechos de las partes involucradas.